Permisos del personal

w. Permiso para participar en programas de ayuda y cooperación al desarrollo

Se puede autorizar la participación en programas y proyectos de ayuda y cooperación al desarrollo gestionados por una organización no gubernamental calificada por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y avalada oficialmente por el ministerio competente en materia de cooperación o por una organización internacional que, en cada caso concreto, señale el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación mediante la AECID, o esté prevista en el Plan Operativo Anual de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.


Normativa

  • Ley 8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación global.
  • 35 y 37 del anexo I del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 22 de diciembre de 2022 por el que se desarrollan medidas organizativas y de gestión en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2023 (BOIB núm. 26, de 28/02/2023).

Duración

  • Se trata de un permiso no retribuido que puede concederse por una duración máxima de 3 meses.
  • Excepcionalmente puede concederse por una duración superior, siempre con la justificación previa de la necesidad del programa o proyecto que vaya a desarrollarse.

Plazo máximo para resolver

  • Plazo máximo de 15 días hábiles o de 3 días hábiles para los casos excepcionales de solicitudes que permiten la antelación mínima de 7 días hábiles.
  • La solicitud de este permiso debe tramitarse con carácter prioritario, lo antes posible.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio.


Observaciones

  • La concesión de este permiso está siempre condicionada a las necesidades del servicio, entendiéndose que es posible concederlo si en la unidad afectada siguen prestando servicio, como mínimo, el 75 % de sus efectivos. En cualquier caso, es necesario un informe previo favorable del responsable de la unidad del solicitante para acreditar que siempre estará garantizada una prestación eficiente del servicio.
  • El tiempo de duración de este permiso computa a efectos de trienios y de carrera profesional de acuerdo con la normativa de función pública aplicable en cada caso, y el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
  • En los procesos de selección y de provisión, el tiempo de duración del permiso se valorará como mérito en concepto de servicio prestado en el Servicio de Salud.
  • El tiempo de duración del permiso debe computarse como jornada completa o de acuerdo con la jornada del trabajador al efecto del reconocimiento de cotizaciones en el régimen de protección social.
  • La falta de la acreditación exigida supondría denegar la solicitud de cualquiera de los permisos previstos en el artículo 34 del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 22 de diciembre de 2022 los dos años siguientes a la finalización del permiso.

Solicitud

  • Como norma general, la solicitud del permiso debe cursarse con una antelación mínima de 1 mes por medio de la aplicación informática de la gerencia territorial o de un procedimiento normalizado de la gerencia para cada unidad o servicio.
  • Excepcionalmente, y cuando la finalidad del programa o proyecto lo requiera, puede solicitarse el permiso con una antelación mínima de 7 días hábiles.
  • Hay que adjuntar esta documentación a la solicitud:
    • Documento que acredite la calificación de la organización que impulsa el programa o proyecto de cooperación al desarrollo.
    • Descripción del proyecto, que debe concretar el lugar donde se desarrollará la participación del solicitante en el proyecto y la duración prevista.

Justificación

Una vez finalizado el permiso, el trabajador tiene que acreditar que la actividad se ha desarrollado de acuerdo con las condiciones que constan en la solicitud y que justificaron la concesión del permiso. A tal efecto, tiene que aportar una memoria justificativa emitida por la ONG, la organización o el organismo internacional que haya impulsado o gestionado el programa de cooperación o de ayuda humanitaria.