Las ayudas de acción social están dirigidas al personal estatutario y comprenden:
A) Ayudas sujetas a convocatoria anual y a un plazo para solicitarlas para compensar parcialmente los siguientes gastos derivadas de:
- La asistencia sanitaria.
- Los estudios universitarios oficiales.
B) Ayudas económicas por hijos menores de 18 años y por familiares con discapacidad, y anticipos ordinarios y extraordinarios.