Ley de protección de datos: órganos y ficheros de las comunidades autónomas
En este número del BOLETÍN INFORMATIVO daremos a conocer los órganos de supervisión y control de ámbito autonómico, que actualmente son solo dos: la Agencia Vasca de Protección de Datos (DBEB-AVPD) y la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT).
En el n.º 33 del BOLETÍN INFORMATIVO dimos a conocer la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y en este presentamos los órganos que pueden ejercer algunas competencias específicas de la AEPD en su ámbito territorial, es decir, en su comunidad autónoma. Estos órganos tienen la consideración de autoridades de control y tienen garantizadas plena independencia y objetividad en el ejercicio de sus funciones.
¿Qué funciones de la AEPD pueden ejercer los órganos correspondientes de las comunidades autónomas?
Pueden ejercer la mayoría de las funciones dirigidas a la AEPD, reguladas en el artículo 37 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aunque con algunas excepciones.
Las funciones de la DBEB-AVPD son reguladas por el artículo 17 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Por su lado, las funciones de la APDCAT se establecen en la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
La información detallada sobre las funciones que puede ejercer cada agencia de protección de datos autonómica se puede consultar en los enlaces siguientes:
- Funciones de la Agencia Vasca de Protección de datos.
- Funciones de la Autoridad Catalana de Protección de datos.
¿Qué servicios ofrecen la DBEB-AVPD y la APDCAT?
Entre los servicios que ofrece la DBEB-AVPD destacan el servicio de atención a la ciudadanía; el de gestión de denuncias; el de tutela; el de publicidad de ficheros; el de actualización de la información en la página web, y la difusión del cumplimiento de estos objetivos.
Asimismo, hay que subrayar los servicios que ofrece la APDCAT: el servicio de atención al público; el de consultoría; el Registro de Protección de Datos de Cataluña; el servicio de formación y divulgación del derecho a la protección de datos; la elaboración de informes, dictámenes, instrucciones y recomendaciones; los servicios de inspección y auditoría de seguridad de la información, y el Centro de Documentación como unidad de recursos y servicios de información especializados.
¿Qué relación hay entre la AEPD y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas?
El director de la AEPD y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas pueden solicitarse mutuamente la información necesaria para cumplir sus funciones. El primero puede convocar regularmente a los segundos a los efectos de cooperación institucional y coordinación de criterios o procedimientos de actuación.
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