El/la paciente tiene el deber de (Ley 41/2002 de 14 de noviembre):
- Solicitar información sobre las normas de funcionamiento de la Institución y los canales de comunicación (quejas, sugerencias, reclamaciones y preguntas). Tiene que conocer el nombre de su médico.
- Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las Instituciones Sanitarias.
- Firmar el documento de alta voluntaria en los casos de no aceptación de los métodos de tratamiento.
- Colaborar en el cumplimiento de las normas e instrucciones establecidas en las instituciones sanitarias.
- Tratar con el máximo respecto del personal de las instituciones sanitarias, otros enfermos y acompañantes.