Historia Clínica
En este apartado encontrará toda la información necesaria para solicitar copias o acceder a la documentación clínica generada en los centros de Atención Primaria de Mallorca, así como los requisitos, canales de presentación y procedimiento para tramitar su solicitud de forma segura y confidencial.
Horario y contacto
Horario
De Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00
Contacto
Localización
📍 Carrer de l'Escola Graduada, 3, 07002 Palma, Illes Balears
Solicitar copia de la historia clínica
Como solicitar la copia de la historia clínica de Atención Primaria:
- Telemáticamente en la sede electrónica de la CAIB mediante los dos procedimientos disponibles:
- Presencialmente en una Oficina de Assistència en Matèria de Registreo cualquier registro oficial.
- Por cualquiera de las vías previstas en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, del Procediment Administratiu Comú de les Administracions Públiques.
Requisitos
- Para solicitarla de forma telemática: certificado electrónico, DNIe o Cl@ve permanente.
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Solicitudes en nombre de una tercera persona:
Tutor legal: persona física que ejerce la tutela sobre un menor o una persona incapacitada. Si la solicitud se formaliza mediante tutor legal, deberán consignarse también todos los datos de la persona receptora de la asistencia sanitaria en el apartado correspondiente. De conformidad con el artículo 5 de la Ley 39/2015, quien actúe como tutor legal deberá acreditar esta condición mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fehaciente.
Progenitor: persona física que ejerce la patria potestad de un menor de 18 años. Si se formaliza la solicitud mediante progenitor, deberán consignarse también todos los datos de la persona receptora de la asistencia sanitaria en el apartado correspondiente. De conformidad con el artículo 5 de la Ley 39/2015, quien actúe como progenitor deberá acreditar esta condición mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fehaciente. Cuando uno de los progenitores actúe en representación de su hijo no emancipado se presumirá el consentimiento del otro progenitor para cursar la solicitud.
Representante voluntario: si la solicitud se formaliza mediante representante, deberán consignarse también todos los datos de la persona receptora de la asistencia sanitaria en el apartado correspondiente. De conformidad con el artículo 5 de la Ley 39/2015, quien actúe como representante deberá acreditar la representación mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fehaciente. Si acredita la representación por un medio distinto de la inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA), deberá presentar el documento acreditativo e indicar en el apartado «Documentación» que aporta dicha acreditación.
- Solicitud de historia clínica de personas fallecidas:
- Acreditar la relación con el paciente fallecido mediante libro de familia, declaración de herederos, etc.
- Certificado de defunción
Plazo para resolver y notificar
Un mes a partir de la recepción de la solicitud. Este plazo puede prorrogarse dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes.
Normativa del procedimiento
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
